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CALCULADORA ACTUALIZADA 2026

Calcular Plusvalía Municipal en L'Hospitalet de Llobregat 2026

Calcula la plusvalía municipal (IIVTNU) en L'Hospitalet de Llobregat con la normativa 2026. Aplicamos un proxy del valor del suelo (35% del valor de mercado en capitales, 25% en municipios menores) y los coeficientes oficiales por años de tenencia del RD-Ley 8/2023 (del 0,08 al 0,16 según los cuatro tramos). Estimación orientativa con margen ±40% sobre la cuota real.

Datos fiscales reales en L'Hospitalet de Llobregat

Zona fiscal alta

Cifras y normativa que aplica nuestra calculadora para L'Hospitalet de Llobregat, según la legislación autonómica vigente y los datos públicos del Catastro y los ayuntamientos.

Plusvalía Municipal (IIVTNU)

Coeficientes oficiales del art. 24 del RD-Ley 8/2023 (tabla anual, máximos del 0,09 al 0,40 según años de tenencia). Barcelona aplica el 100% del valor catastral del suelo y los coeficientes máximos.

Coeficientes oficiales del art. 24 del RD-Ley 8/2023 (vigentes en 2026 tras la derogación del RD-Ley 16/2025): tabla anual con máximos del 0,09 al 0,40 según los años de tenencia.

Ejemplo · Vivienda heredada en L'Hospitalet de Llobregat por 250.000 €
Plusvalía municipal
3150 €
Suelo proxy 87.500 € (35% del valor) × 12% (coef. anual RD-Ley 8/2023, 10 años) × 30% tipo municipal · ±40%

Estimación con vivienda habitual y 10 años de tenencia. Calcula tu caso real en el simulador inferior.

Paso 1 de 4
Inmueble

Identificación del inmueble

Conexión con la Sede Electrónica del Catastro

años

Calculadora orientativa. Consulte con un profesional para un cálculo exacto.

Preguntas frecuentes

+¿Cuánto se paga de plusvalía municipal en L'Hospitalet de Llobregat?

En L'Hospitalet de Llobregat la plusvalía municipal (IIVTNU) la liquida y recauda el Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat sobre el incremento del valor del suelo entre la fecha de compra y la fecha de transmisión. El tipo aplicado por el Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat es del 30% sobre la base imponible, que se obtiene por el método objetivo (coeficientes del RD-Ley 8/2023: 0,16 para menos de 5 años, 0,13 entre 5 y 8, 0,09 entre 8 y 15, y 0,08 para más de 15) o por el método real (diferencia entre valor de adquisición y transmisión), aplicándose siempre el resultado más favorable al contribuyente. Para una vivienda heredada de valor catastral medio en L'Hospitalet de Llobregat, la cuota habitual oscila entre 700 € y 3500 €. El plazo de autoliquidación ante el Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6.

+¿Quién paga la plusvalía municipal al heredar en L'Hospitalet de Llobregat?

Pagan los herederos que aceptan la herencia, en proporción a su cuota. Si renuncias formalmente ante notario no eres sujeto pasivo. La autoliquidación se presenta ante el Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 si se solicita antes del 5º mes. Pasado el plazo aplica un recargo del 5% al 20% más intereses de demora.

+¿Cómo se calcula la base imponible del IIVTNU?

Tienes dos métodos y siempre se aplica el más favorable. Método objetivo: base = valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia (0,16 si <5 años, 0,13 entre 5 y 8, 0,09 entre 8 y 15, y 0,08 si >15, según RD-Ley 8/2023). Método real: base = (valor de transmisión − valor de adquisición) × % del suelo sobre el catastro total. Sobre la base se aplica el tipo del Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat (30%).

+¿Y si la transmisión no genera incremento de valor?

No se paga. Tras la STC 182/2021 y el RD-Ley 8/2023, si demuestras que no ha habido incremento real de valor del suelo (por ejemplo, comparando escrituras de adquisición y de transmisión), la operación está no sujeta. Debes presentar igualmente la autoliquidación a 0 ante el Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat y aportar la documentación que acredite la ausencia de plusvalía.

+¿Hay bonificaciones para vivienda habitual heredada en L'Hospitalet de Llobregat?

Sí. La mayoría de ayuntamientos, incluido el de L'Hospitalet de Llobregat, aplica una bonificación de hasta el 95% de la cuota cuando la transmisión por causa de muerte recae en cónyuge, descendientes o ascendientes y se trataba de la vivienda habitual del fallecido. El porcentaje exacto depende de la ordenanza fiscal vigente y del valor catastral del inmueble; conviene solicitarla expresamente al presentar la autoliquidación.