Fiscalidad · 5 min de lectura
Valor de Referencia Catastral: qué es y cómo afecta a tu herencia
Desde 2022 el Valor de Referencia es la base mínima del ISD y del ITP. Aprende a consultarlo, cuándo se puede impugnar y cómo afecta a la liquidación.
El Valor de Referencia (VR) lo determina la Dirección General del Catastro y es la base imponible mínima en el Impuesto de Sucesiones, Donaciones e ITP desde el 1 de enero de 2022.
Cómo consultarlo
Accede a la Sede Electrónica del Catastro con DNI electrónico, certificado o Cl@ve, busca tu inmueble por referencia catastral y consulta el VR vigente para el año del fallecimiento.
¿Qué pasa si declaras un valor inferior?
Hacienda regularizará la diferencia con sanción. Lo correcto es declarar el VR (o el valor de mercado si fuera superior) y recurrir si entiendes que está sobrevalorado.
Cómo impugnar el VR
- Solicitar rectificación de autoliquidación tras pagar.
- Aportar tasación pericial contradictoria.
- Acreditar mal estado, cargas o circunstancias del inmueble.
💡 En herencias de pisos antiguos o con vicios ocultos, impugnar el VR puede suponer un ahorro fiscal de miles de euros.