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CALCULADORA ACTUALIZADA 2026

Calcular Plusvalía Municipal en Málaga 2026

Estima en segundos el IIVTNU que liquida el Ayuntamiento de Málaga al heredar una vivienda. Combinamos los coeficientes oficiales del RD-Ley 8/2023 (entre 0,08 y 0,16 según años de tenencia) con una aproximación del valor del suelo basada en el catastro de la zona. Resultado orientativo (±40%) y siempre el método más favorable al contribuyente.

Datos fiscales reales en Málaga

Zona fiscal favorable

Cifras y normativa que aplica nuestra calculadora para Málaga, según la legislación autonómica vigente y los datos públicos del Catastro y los ayuntamientos.

Plusvalía Municipal (IIVTNU)

Coeficientes oficiales del art. 24 del RD-Ley 8/2023 (tabla anual, máximos del 0,09 al 0,40 según años de tenencia). Sevilla y Málaga aplican el 100% del coeficiente; municipios pequeños suelen reducirlo.

Coeficientes oficiales del art. 24 del RD-Ley 8/2023 (vigentes en 2026 tras la derogación del RD-Ley 16/2025): tabla anual con máximos del 0,09 al 0,40 según los años de tenencia.

Ejemplo · Vivienda heredada en Málaga por 250.000 €
Plusvalía municipal
3150 €
Suelo proxy 87.500 € (35% del valor) × 12% (coef. anual RD-Ley 8/2023, 10 años) × 30% tipo municipal · ±40%

Estimación con vivienda habitual y 10 años de tenencia. Calcula tu caso real en el simulador inferior.

Paso 1 de 4
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años

Calculadora orientativa. Consulte con un profesional para un cálculo exacto.

Preguntas frecuentes

+¿Qué cuota de IIVTNU exige el Ayuntamiento de Málaga al heredar?

El Ayuntamiento de Málaga es el responsable de cobrar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Aplica un tipo del 30% sobre una base imponible que puede calcularse por el método objetivo —valor catastral del suelo multiplicado por los coeficientes del RD-Ley 8/2023 (0,08 a 0,16 según años de tenencia)— o por el método real (plusvalía documentada con escrituras). Siempre prevalece el cálculo más favorable. En una vivienda media heredada en Málaga la cuota suele situarse entre 750 € y 3600 €, y dispones de 6 meses (más 6 prorrogables) para presentar la autoliquidación.

+¿Quién es el sujeto pasivo del IIVTNU en una herencia en Málaga?

El obligado tributario es cada heredero por la parte que acepta. Quien renuncia a la herencia mediante escritura pública queda fuera del impuesto. La declaración se presenta en la oficina de gestión tributaria del Ayuntamiento de Málaga dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento; cabe pedir prórroga de 6 meses adicionales. Los retrasos generan recargos progresivos del 5%, 10%, 15% o 20% según los meses transcurridos.

+¿Qué métodos existen para calcular la plusvalía municipal en Málaga?

Desde el RD-Ley 8/2023 conviven dos vías. La primera (objetiva) multiplica el valor catastral del suelo por un coeficiente fijado por años de tenencia: 0,16, 0,13, 0,09 o 0,08. La segunda (real) toma el incremento patrimonial del suelo entre adquisición y transmisión. Hacienda local debe usar el resultado menor. Sobre esa base, el tipo de Málaga (30%) genera la cuota a ingresar.

+¿Qué ocurre si no hay plusvalía real en Málaga?

La Sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021 y el posterior RD-Ley 8/2023 blindan los casos sin incremento real del suelo: no hay hecho imponible y, por tanto, no hay cuota a ingresar. La carga de la prueba recae en el contribuyente, normalmente mediante las escrituras públicas. Aun así, debes presentar la declaración informativa ante el Ayuntamiento de Málaga para evitar requerimientos.

+¿Cuánto se ahorra con la bonificación de vivienda habitual en Málaga?

La Ley Reguladora de las Haciendas Locales (art. 108.4) habilita a los ayuntamientos para bonificar hasta el 95% del IIVTNU en la transmisión mortis causa de la vivienda habitual a favor de cónyuge, descendientes y ascendientes. Málaga recoge esta bonificación en su ordenanza, normalmente escalada según el valor catastral del inmueble. Hay que pedirla de forma expresa en la autoliquidación, aportando el certificado de empadronamiento del fallecido.

Cómo se calcula y se liquida la Plusvalía Municipal (IIVTNU) de una vivienda heredada en Málaga: tipo del 30% aplicado por Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Málaga (Gestrisam), coeficientes por años de tenencia del RD-Ley 8/2023, ejemplo numérico con valores catastrales reales de la ciudad, bonificaciones vigentes y plazos de presentación.

Tipo impositivo y normativa aplicable en Málaga (2026)

Málaga aplica un tipo del 30% sobre la base imponible del IIVTNU, según la Ordenanza fiscal reguladora del IIVTNU del Ayuntamiento de Málaga (texto íntegro y modelos en el portal oficial del Ayuntamiento de Málaga). La base se determina con el método objetivo del artículo 107.4 del TRLRHL, multiplicando el valor catastral del suelo por el coeficiente anual del RD-Ley 8/2023, vigente en 2026 tras la derogación del RD-Ley 16/2025 el 27 de enero de 2026.

El contribuyente puede optar por el método de plusvalía real (diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión, en la parte proporcional al suelo) cuando le resulte más favorable. Si no ha existido incremento de valor, la transmisión no está sujeta, pero sigue siendo obligatorio declararla ante Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Málaga (Gestrisam).

Málaga aplica el tipo máximo del 30%, de modo que la única palanca de ahorro real suele ser la bonificación por vivienda habitual y la elección correcta del método de cálculo.

Ejemplo de cálculo: vivienda heredada en Málaga con 20 años de tenencia

Vivienda con valor catastral total de 88.000 €, de los que el 55% corresponde al suelo (48.400 €), heredada por un hijo tras 20 años desde la adquisición por el causante:

  • Valor catastral del suelo: 48.400 €
  • Coeficiente RD-Ley 8/2023 (20 años): 0,40
  • Base imponible: 19.360 €
  • Tipo de Málaga: 30%
  • Cuota íntegra: 5808 €

Sobre esa cuota íntegra se aplicaría, en su caso, la bonificación municipal por vivienda habitual del causante. El resultado es orientativo: la cifra exacta depende del valor de suelo que figure en el recibo del IBI del ejercicio del fallecimiento.

Cuota según los años de tenencia en Málaga

Años de tenenciaCoeficienteBase imponibleCuota al 30%
10 años0,125808 €1742 €
15 años0,094356 €1307 €
20 años0,4019.360 €5808 €

La tabla parte del mismo valor de suelo del ejemplo (48.400 €). En Centro, La Malagueta y Teatinos el valor catastral del suelo es alto y la cuota se dispara; en Puerto de la Torre o Campanillas la base imponible es notablemente menor.

Bonificaciones y plazos ante Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Málaga (Gestrisam)

  • Bonificación en la transmisión mortis causa de la vivienda habitual del causante a favor de cónyuge, descendientes y ascendientes.
  • Bonificación para inmuebles afectos a actividad económica continuada por los herederos.
  • Plazo: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si se solicita dentro de los 6 primeros.
  • Presentación: autoliquidación telemática a través de Gestrisam, que ofrece un asistente de cálculo y permite comparar el método objetivo con el de plusvalía real antes de presentar.
  • Recargos: fuera de plazo se aplican los recargos del artículo 27 de la Ley 58/2003 (1% más 1% por mes de retraso, y 15% más intereses a partir de los 12 meses).

Las bonificaciones por vivienda habitual no se aplican de oficio: hay que solicitarlas expresamente al presentar la autoliquidación y acreditar el parentesco y la residencia efectiva del causante. Porcentajes, requisitos y modelos actualizados: sede electrónica de Málaga.

Plusvalía municipal e Impuesto de Sucesiones en Málaga

La plusvalía municipal convive con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que es autonómico. En Andalucía, Andalucía mantiene la bonificación del 99% en cuota para Grupos I y II, por lo que en la práctica la plusvalía municipal es el impuesto más caro de la herencia. La fuerte revalorización del suelo en Málaga capital durante la última década hace que el método de plusvalía real casi nunca resulte más favorable en herencias antiguas: el incremento real supera al objetivo.

En herencias con inmuebles antiguos en Málaga es frecuente que la plusvalía municipal sea el impuesto más elevado de toda la sucesión, por delante del ISD. Por eso conviene calcular ambos antes de aceptar la herencia y decidir si interesa vender, alquilar o mantener el inmueble.

Datos fiscales (tipo municipal, ordenanza y bonificaciones) verificados a sobre las fuentes oficiales enlazadas en cada apartado. Información orientativa, no constituye asesoramiento fiscal.