Bonificación variable del 99% al 20% según base (Ley 19/2010). Tipo efectivo aprox. 4-9% para Grupo II en herencias medianas.
Ley 19/2010 Cataluña · modificada por Ley 5/2020.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) es el componente principal de los gastos de adjudicación al heredar una vivienda en Cataluña. tipos efectivos del 4% para herederos directos sobre la base liquidable. Calcula en menos de un minuto el ISD, la plusvalía municipal, los gastos técnicos (notaría, registro, gestoría) y el neto que recibirá cada heredero según parentesco, valor de la vivienda y si era vivienda habitual.
Cifras y normativa que aplica nuestra calculadora para Cataluña, según la legislación autonómica vigente y los datos públicos del Catastro y los ayuntamientos.
Bonificación variable del 99% al 20% según base (Ley 19/2010). Tipo efectivo aprox. 4-9% para Grupo II en herencias medianas.
Ley 19/2010 Cataluña · modificada por Ley 5/2020.
Grupo III: tipo efectivo del 20-32% sobre la base.
Estimación con vivienda habitual y 10 años de tenencia. Calcula tu caso real en el simulador inferior.
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Cataluña aplica tipos efectivos del 4% para herederos directos sobre la base liquidable. La cuota final depende del parentesco (Grupo I-IV de la Ley 29/1987), del valor del caudal hereditario, de si la vivienda era la residencia habitual del fallecido y del patrimonio preexistente del heredero. Para hijos, cónyuge y padres en Cataluña, la factura suele reducirse a cifras testimoniales tras aplicar la bonificación autonómica.
El art. 20.2.c) de la LISD establece una reducción del 95% del valor de la vivienda habitual del causante para Grupo I y II (cónyuge, descendientes, ascendientes), con un máximo de 122.606,47 € por heredero, siempre que se mantenga el inmueble durante 10 años (5 años en algunas CCAA). Es la reducción que más reduce la cuota en Cataluña.
6 meses desde el fallecimiento. Puedes solicitar una prórroga de 6 meses adicionales presentando el modelo de prórroga antes de cumplirse los 5 primeros meses; la prórroga es prácticamente automática y devenga interés de demora desde el mes 7. Pasado el plazo sin presentar, los recargos van del 5% al 20%.
Sí cuando hay dudas sobre las deudas del fallecido. Limita la responsabilidad del heredero al valor del activo recibido, evitando responder con el patrimonio personal. Requiere acta notarial y aceptación expresa; el plazo para inventariar es de 60 días desde el inicio.
Sí. La normativa permite solicitar aplazamiento de hasta 5 años (con interés legal) cuando el caudal hereditario no incluye efectivo suficiente. Algunas CCAA permiten también el pago en especie con bienes del propio caudal. Hay que pedirlo en la autoliquidación.
Normativa y datos públicos en los que se basa esta calculadora. Consulta siempre la fuente oficial antes de presentar tu autoliquidación.
Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en Cataluña 2026: bonificaciones por parentesco en escala decreciente (Ley 19/2010), reducciones autonómicas, ejemplo real y comparación con Madrid.
Cataluña no aplica una bonificación fija como Madrid: usa una escala decreciente según el patrimonio heredado. Para descendientes menores de 21 años (Grupo I) y descendientes, ascendientes y cónyuge (Grupo II), la bonificación va del 99% en los primeros 100.000 € hasta el 20% a partir de 3 millones de €.
| Base imponible | % bonificación Grupo II |
|---|---|
| Hasta 100.000 € | 99% |
| 100.000 – 200.000 € | 97% |
| 200.000 – 300.000 € | 95% |
| 300.000 – 500.000 € | 90% |
| 500.000 – 750.000 € | 80% |
| 750.000 – 1.000.000 € | 70% |
| 1.000.000 – 1.500.000 € | 60% |
| 1.500.000 – 2.000.000 € | 50% |
| 2.000.000 – 2.500.000 € | 40% |
| 2.500.000 – 3.000.000 € | 25% |
| > 3.000.000 € | 20% |
Además existen reducciones personales por parentesco de hasta 100.000 € (Grupo II, cónyuge) y por vivienda habitual del 95% con límite de 500.000 € por el valor total, prorrateado entre herederos.
Hijo hereda de su padre 400.000 € (patrimonio total):
Comparativa: la misma herencia en Madrid pagaría ~800 €, y en Andalucía o Galicia también estaría prácticamente exenta. Cataluña es media-alta en tributación sucesoria dentro del panorama estatal.