Nueva ley de herencias en España: qué cambia realmente y cómo te afecta
¿Cómo te afecta la nueva ley de herencias en España? Descubre cómo se reparten los bienes, qué exige la norma y cómo calcular lo que te toca heredar.
Nueva ley de herencias en España: qué cambia realmente y cómo te afecta
Tanto si has perdido recientemente a un familiar como si simplemente estás pensando en dejar listo tu testamento y quieres evitarles quebraderos de cabeza a tus hijos el día de mañana, te toca lidiar con el papeleo, y es normal que te sientas perdido.
Cuando llega el momento de hacer frente a una herencia, es normal que la primera pregunta sea, directamente, “¿Por dónde empezamos?”. La respuesta es bastante clara: por entender la ley para saber cómo aplicarla y no cometer errores o gastar tiempo en vano.
Por eso, en esta guía te explicamos qué marca la ley de herencias en España y cómo te afecta la nueva ley de herencias, de forma simple y concisa.
Lo primero: ¿dónde se regulan las herencias en nuestro país?
La normativa que aplica a las herencias en España se rige por el Código Civil. En él se encuentran todas las reglas que marcan qué se puede hacer y qué no cuando alguien fallece.
Sin ir más lejos, en él se establece lo que en derecho llamamos el caudal hereditario, que no es otra cosa que la totalidad de lo que deja en herencia la persona que muere. Y ojo con esto, porque incluye los bienes (pisos, cuentas bancarias, el coche...), pero también las deudas. Por eso, a la hora de hacer el reparto de la herencia, hay que sumar lo que hay en positivo, restar lo que se debe y, ya con lo que queda limpio, podemos empezar a repartir.
La regla de los tres tercios: cómo se divide la herencia de verdad
Mucha gente piensa que en su testamento puede dejar sus cosas a quien le dé la gana, pero no es exactamente así. En España, salvo en algunas regiones con fuero propio, la norma divide la herencia en tres partes muy claras:
El tercio de legítima: esta parte va sí o sí a los familiares más directos. No te la puedes saltar salvo en casos extremísimos.
El tercio de mejora: sigue siendo para la familia directa, pero aquí tú eliges si se lo das a todos por igual o si prefieres beneficiar más a un hijo que a otro.
El tercio de libre disposición: como su propio nombre indica, es libre. Aquí sí que mandas tú al 100%. Puedes dejárselo a un amigo, a una ONG, a tu vecino o a quien quieras.
Como ves, el tercio de la herencia que realmente te da libertad absoluta es ese tercio de libre disposición. El resto está pensado para proteger al núcleo familiar, buscando un equilibrio entre la propia voluntad del testador y la protección de los suyos.
¿Quién se queda con qué? Herederos forzosos frente a herederos legítimos
Aunque pueda haber lío con los nombres, la diferencia entre ambos es muy fácil de entender:
Herederos forzosos
Por un lado están los herederos forzosos a los que la ley protege con lupa. Hablamos de los hijos (o nietos si el hijo ha fallecido), de los padres si no hay hijos, y del cónyuge. A ellos les toca por ley la parte legítima de la que hablábamos antes.
Herederos legítimos
Por otro lado están los herederos legítimos. Este término se usa sobre todo cuando la persona muere sin haber firmado un testamento. Si no dejaste escrito a quién querías dejarle tus cosas, la ley busca a tus parientes por orden de cercanía: primero hijos, luego padres, luego el cónyuge y, si no hay ninguno de ellos, se va abriendo el abanico hacia tíos, sobrinos o primos (hasta el cuarto grado de parentesco). Ellos serán los que se repartirán la herencia según lo que estipule la norma.
¿Y qué pasa con la mujer o el marido? El papel del cónyuge sobreviviente
Solemos pensar que el marido o la mujer que se queda viudo lo hereda todo automáticamente, pero según el derecho común y siguiendo las normas de reparto que mencionamos antes, no es así.
El cónyuge sobreviviente lo que recibe normalmente es el usufructo (es decir, el derecho a usar y disfrutar de los bienes, pero no la propiedad). Si hay hijos de por medio, al viudo le corresponde el usufructo del tercio de mejora.
La vivienda habitual: un techo asegurado
La normativa actual busca especialmente proteger la vivienda habitual. Se intenta por todos los medios que el viudo o viuda no se quede en la calle ni se vea obligado a vender el piso de la noche a la mañana porque los hijos quieran su parte. Por eso se le otorgan derechos preferentes de uso sobre la casa donde residía el matrimonio.
Cómo hacer el reparto de una herencia sin acabar peleados
Seamos sinceros: la pérdida de un familiar es dura, pero cuando entran en juego los inmuebles y el dinero, los roces entre hermanos o parientes saltan a la mínima. Un mal reparto de una herencia puede destrozar la relación de una familia para siempre.
Para que todo fluya y cada uno tenga claros sus derechos y obligaciones, existen mecanismos muy útiles que conviene conocer:
Tener claro el valor del inmueble
El primer paso imprescindible antes de empezar a repartir o discutir por quién se queda con qué es contar con una valoración de la vivienda realista y adaptada al mercado actual. Saber cuánto vale la casa que heredaréis evita malentendidos en la familia y permite hacer las cuentas con números reales sobre la mesa.
El contador-partidor
Si los herederos no se ponen de acuerdo ni para valorar cuánto vale el piso del pueblo, se puede nombrar a un profesional neutral (el contador-partidor) para que haga el inventario, ponga precio a las cosas y redacte el cuaderno de reparto. Su decisión evita conflictos y ahorra ir a juicio.
Aceptar a beneficio de inventario
Si sospecháis que el fallecido tenía deudas y no queréis pillaros las manos, se puede aceptar la herencia "a beneficio de inventario". Esto significa que las deudas se pagan únicamente con lo que haya en la herencia, jamás tendrás que responder con tus ahorros o tu propia casa.
El gran dolor de cabeza: los impuestos según la Comunidad Autónoma
Llegamos a la parte que más quebraderos de cabeza da. Aunque las reglas sobre quién hereda las marca el Estado, lo que vas a pagar a Hacienda depende al 100% de la Comunidad Autónoma en la que residiera la persona fallecida.
Esto provoca grandes diferencias en nuestro país en función de la región, ya que, mientras que en comunidades como Madrid, Andalucía o la Comunidad Valenciana la tributación entre padres e hijos está bonificada al 99% (lo que significa que apenas se paga simbólicamente), en otras regiones la factura fiscal sigue siendo bastante más abultada.
Por eso, a la hora de dejar bienes a determinados herederos, hay que tener en cuenta el lugar de residencia para planificar bien y no encontrarse con la desagradable sorpresa de que tengan que renunciar a una casa por no poder pagar el impuesto de sucesiones.
¿Cuánto tiempo tengo para arreglar los papeles de una herencia?
El plazo fiscal clave es de 6 meses desde el fallecimiento. En ese tiempo, además de pagar el Impuesto de Sucesiones, hay que hacer todo un recorrido de gestiones en orden:
Pedir los certificados iniciales (a los 15 días hábiles): solicitar el Certificado de Defunción, el Certificado de Últimas Voluntades (para saber si hay testamento) y el Certificado de Contratos de Seguro de Cobertura de Fallecimiento.
Localizar el testamento o declarar herederos: si hay testamento, pedir copia autorizada en la notaría. Si no lo hay, tramitar en notaría el Acta de Declaración de Herederos Abintestato.
Inventariar el patrimonio: recopilar escrituras de pisos, certificados bancarios con los saldos a fecha de fallecimiento, documentación de vehículos, etc.
Firmar la Escritura de Aceptación y Adjudicación de Herencia ante notario.
Pagar impuestos: liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y la Plusvalía Municipal (si hay inmuebles urbanos) dentro de ese plazo de 6 meses.
Inscribir las propiedades: llevar las escrituras al Registro de la Propiedad para cambiar la titularidad de las viviendas.
Si ves que recopilar todos estos documentos se complica (por ejemplo, porque la banca tarda en emitir los certificados de saldos o falta alguna escritura), puedes pedir una prórroga de otros 6 meses para los impuestos. Pero ojo: hay que solicitarla obligatoriamente dentro de los primeros 5 meses desde el fallecimiento, si no, te la denegarán y vendrán los recargos.
Preguntas habituales sobre cómo funcionan las herencias en España
¿Puedo quitar a un hijo de la herencia si no me hablo con él?
Desheredar a un hijo en España es posible, pero no es tan sencillo como no mencionarlo en el testamento. La ley exige que exista una causa grave probada, como haber sufrido maltrato físico o un maltrato psicológico continuado y demostrable, por ejemplo. Si simplemente os habéis distanciado, la ley seguirá protegiendo su parte legítima.
¿Qué pasa si no hay testamento firmado?
Que no cunda el pánico, la herencia no se pierde ni se la queda el Estado a la primera de cambio. Simplemente habrá que acudir al notario para hacer un trámite llamado "Declaración de Herederos Abintestato", donde se demuestra el parentesco y se nombra oficialmente a los herederos que marca la ley.
En resumen: planificar una herencia con tiempo es ganar tranquilidad
Tratar los temas de herencias nunca es agradable porque nos conecta con momentos tristes, pero posponerlo solo traslada el problema a quienes se quedan aquí.
Entender las reglas del juego, dejarse asesorar por profesionales que conozcan bien la fiscalidad de tu Comunidad Autónoma y redactar un buen testamento es la mejor forma de proteger a los tuyos, evitar disputas innecesarias y asegurar que tu patrimonio termine exactamente donde tú quieres.
Sin embargo, tan importante como conocer todo el proceso paso a paso es saber a qué cifras te enfrentas. Tener claro de antemano el valor neto de los bienes y qué vas a recibir y cuánto te corresponde pagar al heredar influye en decisiones que marcan por completo el proceso: desde saber si te compensará económicamente asumir los impuestos, hasta negociar un reparto justo con el resto de los herederos o planificar tu propia economía futura. Usando la calculadora de Heredum podrás obtener una estimación clara y transparente para tomar las mejores decisiones.
