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CALCULADORA ACTUALIZADA 2026

Impuesto de Sucesiones y Gastos de Herencia en Cantabria 2026

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) es el componente principal de los gastos de adjudicación al heredar una vivienda en Cantabria. bonificación generalizada para herederos directos. Calcula en menos de un minuto el ISD, la plusvalía municipal, los gastos técnicos (notaría, registro, gestoría) y el neto que recibirá cada heredero según parentesco, valor de la vivienda y si era vivienda habitual.

Datos fiscales reales en Cantabria

Zona fiscal favorable

Cifras y normativa que aplica nuestra calculadora para Cantabria, según la legislación autonómica vigente y los datos públicos del Catastro y los ayuntamientos.

ISD · Herederos directos (Grupo I/II)

Bonificación del 100% para Grupo I y 90-99% para Grupo II según base (Ley 11/2022).

Decreto Legislativo 62/2008 · Ley 11/2022 Cantabria.

Vivienda habitual: Reducción del 95% del valor de la vivienda habitual (límite 122.606,47 €/heredero, mantener 5 años).
ISD · Otros parientes (Grupo III)

Grupo III: tipo efectivo aprox. 8% (sin bonificación específica).

Plazo de liquidación: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6.
Ejemplo · Vivienda heredada en Cantabria por 250.000 €
ISD heredero directo
150 €
Cuota testimonial · Bonif. 99% GI/II · Reducción 95% vivienda habitual
ISD Grupo III
150 €
Hermanos, sobrinos, otros

Estimación con vivienda habitual y 10 años de tenencia. Calcula tu caso real en el simulador inferior.

Paso 1 de 4
Inmueble

Identificación del inmueble

Conexión con la Sede Electrónica del Catastro

Calculadora orientativa. Consulte con un profesional para un cálculo exacto.

Preguntas frecuentes

+¿Cuánto se paga de Impuesto de Sucesiones en Cantabria?

Cantabria aplica bonificación generalizada para herederos directos. La cuota final depende del parentesco (Grupo I-IV de la Ley 29/1987), del valor del caudal hereditario, de si la vivienda era la residencia habitual del fallecido y del patrimonio preexistente del heredero. Para hijos, cónyuge y padres en Cantabria, la factura suele reducirse a cifras testimoniales tras aplicar la bonificación autonómica.

+¿Qué reducción aplica la vivienda habitual del fallecido?

El art. 20.2.c) de la LISD establece una reducción del 95% del valor de la vivienda habitual del causante para Grupo I y II (cónyuge, descendientes, ascendientes), con un máximo de 122.606,47 € por heredero, siempre que se mantenga el inmueble durante 10 años (5 años en algunas CCAA). Es la reducción que más reduce la cuota en Cantabria.

+¿Cuál es el plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones?

6 meses desde el fallecimiento. Puedes solicitar una prórroga de 6 meses adicionales presentando el modelo de prórroga antes de cumplirse los 5 primeros meses; la prórroga es prácticamente automática y devenga interés de demora desde el mes 7. Pasado el plazo sin presentar, los recargos van del 5% al 20%.

+¿Conviene aceptar la herencia a beneficio de inventario?

Sí cuando hay dudas sobre las deudas del fallecido. Limita la responsabilidad del heredero al valor del activo recibido, evitando responder con el patrimonio personal. Requiere acta notarial y aceptación expresa; el plazo para inventariar es de 60 días desde el inicio.

+¿Puedo pagar el ISD si no tengo liquidez?

Sí. La normativa permite solicitar aplazamiento de hasta 5 años (con interés legal) cuando el caudal hereditario no incluye efectivo suficiente. Algunas CCAA permiten también el pago en especie con bienes del propio caudal. Hay que pedirlo en la autoliquidación.